Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasificación Internacional de los elementos figurativos de las marcas

El Acuerdo de Viena, adoptado en Viena en 1973 y enmendado en 1985, establece una clasificación (la Clasificación de Viena) para las marcas que consisten en elementos figurativos o que contienen dichos elementos. En los documentos y publicaciones oficiales que publiquen en relación con el registro de marcas, las oficinas competentes de los Estados Contratantes deben indicar los números que señalen las categorías, divisiones y secciones de la Clasificación a las cuales correspondan los elementos figurativos de las marcas en  .

El Acuerdo de Viena creó una Unión y ésta se dotó de una Asamblea que forman los Estados miembros de la Unión. Entre las funciones más importantes de la Asamblea figura la adopción del presupuesto bienal por programas de la Unión.

El Acuerdo también estableció un Comité de Expertos en el que están representados todos los miembros de la Unión. La tarea principal del Comité es la revisión periódica de la Clasificación. Pueden adherirse al Acuerdo los Estados que son parte en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (1883). Los instrumentos de ratificación o adhesión deben depositarse en poder del director general de la OMPI.

Finalidad y alcance de la Clasificación de Viena La finalidad de la Clasificación es esencialmente facilitar las búsquedas anticipadas de marcas y evitar un trabajo sustancial de reclasificación cuando se intercambian documentos a nivel internacional. Más aún, los países parte en el Acuerdo de Viena ya no necesitan elaborar su propia clasificación nacional o mantener actualizada una clasificación existente. El artículo 4 del Acuerdo de Viena establece que, sin perjuicio de las obligaciones impuestas por el propio Acuerdo, el alcance de la Clasificación es el que le atribuye cada uno de los Estados contratantes. En particular, la Clasificación no es vinculante para dichos Estados con respecto al grado de protección concedido a la marca. Estructura de la Clasificación de Viena

La clasificación constituye un sistema jerárquico que procede de lo general a lo particular, dividiendo todos los elementos figurativos en categorías, divisiones y secciones. Donde resulta apropiado, se han añadido notas explicativas, que se refieren a una categoría en su conjunto o a cualquier división o sección concreta.

Hay dos tipos de secciones: principales y auxiliares. Estas últimas abarcan elementos figurativos que ya están cubiertos por las secciones principales, pero que se considera útil agrupar según un criterio determinado para facilitar la búsqueda anticipada.

A cada categoría, división y sección se ha asignado un número según un sistema de codificación especial. Cada elemento figurativo de una sección es identificado por tres números: el primero, que puede ser cualquier número entre el 1 y el 29, indica la categoría; el segundo, entre el 1 y el 19, la división; y el tercero, entre el 1 y el 30, la sección. Por ejemplo, la representación de “una niña comiendo” pertenece a la categoría 2 (seres humanos), división 5 (niños), sección principal 3 (niñas). Si se recurre a secciones auxiliares, el elemento figurativo puede ser identificado además con la sección auxiliar 18 (niños comiendo o bebiendo, código 2.5.18).

El número de divisiones y secciones varía de acuerdo a las categorías y divisiones a las cuales pertenecen. Dentro de las divisiones y secciones, se han dejado vacantes ciertos números a fin de poder introducir nuevas divisiones o secciones en caso necesario.

Uso de la Clasificación de Viena

Los países parte en el Acuerdo de Viena pueden aplicar la clasificación como sistema principal o subsidiario. Por ello, tienen la posibilidad de seguir utilizando su clasificación nacional al mismo tiempo que la Clasificación de Viena, sea como medida transitoria o como medida permanente.

Las oficinas competentes de los países parte en el Acuerdo de Viena están obligadas a incluir en los documentos y publicaciones oficiales relativos al registro y la renovación de marcas los números de las categorías, divisiones y secciones en las cuales se hayan clasificado los elementos figurativos de dichas marcas. Con “documentos y publicaciones” se alude, en particular, a entradas en el registro de marcas, los certificados de registro y renovación, así como la publicación de registros y renovaciones en diarios o boletines de las oficinas.

Los números de las categorías, divisiones y secciones que aparecen en los documentos y publicaciones oficiales relacionados con registros deberían estar precedidos de la abreviatura CFE para facilitar la comprensión. Se recomienda que la edición de la Clasificación según la cual se clasifican los elementos figurativos de las marcas se indique con un número arábigo entre paréntesis, por ejemplo CFE (1).

La clasificación es suficientemente detallada para que cada sección contenga sólo un número relativamente pequeño de elementos figurativos, lo que facilita las búsquedas anticipadas incluso en las grandes oficinas de propiedad industrial. Sin embargo, tal vez sea demasiado detallada para las oficinas que registran relativamente pocas marcas. Los países parte en el Acuerdo de Viena pueden declarar, por lo tanto, que se reservan el derecho de no incluir los números de todas o algunas de las secciones en los documentos y publicaciones oficiales relacionados con el registro y la renovación de marcas (artículo 4.5) del Acuerdo de Viena). De todos modos, no es obligatorio indicar las secciones “auxiliares” (números de sección precedidos de “A”); las oficinas pueden indicarlas a discreción.

Revisiones de la Clasificación de Viena

La actual edición de la Clasificación de Viena está basada en la versión aprobada en la Conferencia Diplomática de Viena del 12 de junio de 1973.

A la espera de la entrada en vigor del Acuerdo de Viena, un Comité de Expertos provisional creado en virtud de una resolución aprobada por la Conferencia Diplomática de Viena se reunió en 1975 y 1976 para redactar propuestas de enmiendas y adiciones a la versión original de la Clasificación. Dichas propuestas fueron publicadas en una edición provisional en 1977.

Tras la entrada en vigor del Acuerdo de Viena, el Comité de Expertos creado en virtud del artículo 5 del Acuerdo, celebró su primera sesión en Ginebra, en mayo de 1987, y aprobó la mayoría de las enmiendas y adiciones propuestas por el Comité de Expertos provisional. En su segunda sesión, celebrada en Ginebra en 1992 y las siguientes sesiones, el Comité de Expertos aprobó una serie de enmiendas y adiciones. Los cambios correspondientes fueron incorporados en la Clasificación.

En su tercera sesión (1996), el Comité de Expertos aprobó una nueva presentación de la Clasificación, que consiste en colocar las secciones auxiliares, dentro de cada división, al final de la división, marcar las secciones principales a las cuales están asociadas las secciones auxiliares con un asterisco y poner las secciones auxiliares bajo títulos pertinentes.

Ediciones de la clasificación de Viena

Desde la primera edición de la Clasificación publicada en 1973, se publican ediciones que entran en vigor generalmente cada cinco años.

La edición actual ha sido publicada en línea y sustituye a las anteriores ediciones disponibles en la zona de descarga y apoyo informático.

Idiomas de la Clasificación de Viena

La Clasificación ha sido establecida en inglés y francés, y ambos textos son auténticos por igual.

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