Convenio TIR

El Convenio TIR es un acuerdo, para el transporte por carretera, que permite el transporte de mercancías bajo precinto aduanero entre dos países firmantes del acuerdo; el tránsito puede ocurrir a través de países no firmantes. Aunque el primer acuerdo TIR data de 1949; el vigente fue diseñado en 1975 por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa , basándose en otro previo de 1959.

El Convenio TIR pretende favorecer al máximo el transporte internacional de mercancías por carretera. Los controles y formalidades aduaneras se realizan en la aduana de salida y en la de llegada; las aduanas durante el tránsito sólo comprueban el precinto. Así, se consigue acelerar el tránsito en los puestos fronterizos de las mercancías acogidas a este convenio. Se trata de alcanzar un equilibrio entre las responsabilidades de la autoridad aduanera y las del comercio internacional.

El transporte bajo el Convenio TIR tuvo gran importancia para la exportación española de productos hortofrutícolas al resto de Europa, antes de que España formara parte de la Unión Europea. Al ser productos perecederos se beneficiaban del rápido tránsito en aduanas intermedias hasta su destino final.

Después de la Segunda Guerra Mundial, bajo el auspicio de UNECE, se empezó a trabajar en un sistema de tránsito bajo precinto aduanero. El primer «Acuerdo TIR» se alcanzó en 1949; estaba compuesto por unos pocos países europeos. El éxito de esta experiencia promovió la negociación de un «Convenio TIR» que el Comité de Transporte Terrestre de UNECE adoptó en 1959. Este primer Convenio TIR se revisó en 1975 para actualizarlo de acuerdo con la experiencia adquirida, los avances tecnológicos y los cambios tanto en la Aduana como en los medios de transporte. En noviembre de 1975, se estableció el Convenio TIR, para entrar en vigor en 1978.

La experiencia adquirida en los primeros 10-15 años, se utilizó para conseguir un régimen TIR más eficiente, menos complejo y, la mismo tiempo, más seguro para las aduanas. Otra razón para modificar el convenio original fue la aparición en la década de los años 60, del contenedor, que empezó en el transporte marítimo y fue ganando adeptos en el transporte por ferrocarril, combinado (carretera/ferrocarril) y multimodal.

Estas nuevas formas de transporte combinado y multimodal necesitaban que el contenedor fuera reconocido por la aduana como unidad de carga segura. También, el régimen TIR dejó de ser exclusivo de la carretera para ampliarse al ferrocarril,​ las vías fluviales o, incluso, el transporte marítimo, siempre que una parte del transporte se siguiera realizando por carretera.

Así, el nuevo convenio reemplazó al de 1959. Sin embargo, el primer convenio TIR de 1959 está todavía en vigor por diversas razones; una de ellas es que uno de los países firmantes Japón no ha aceptado todavía el Convenio TIR de 1975.

Debido a la expansión comercial hacia el Este de Europa, desde 1989, y al tremendo auge del transporte internacional por carretera, el número de cuadernos TIR emitidos, que eran algo más de un millón en 1992, han alcanzado la cifra de tres millones en 2013. Esto se traduce en prácticamente 10 000 transportes TIR cada día en 59 países y más 50.000 tránsitos por fronteras TIR al día.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

La normativa TIR, como todas las normativas, cuenta con una serie de reglas de obligado cumplimiento para las empresas que dedican su actividad al transporte de mercancías y logística internacional:

  • Las mercancías siempre deben ir en un camión con la adecuada habilitación y bien precintadas. Dichos vehículos se consideran objeto de una importación temporal y, por tanto, no quedan sujetos al pago de ningún impuesto aduanero ni necesitarán documentación especial.
  • Las mercancías deben ir acompañadas de un cuaderno TIR, el cual se presenta en conjunto con el vehículo de transporte y que va a contener disposiciones sobre la carga que nos servirá a la hora de permitir el paso de la mercancía en aduanas. Además, los cuadernos TIR se pueden utilizar para un solo viaje y vehículo, a excepción de conjuntos de vehículos o varios contenedores que hayan sido cargados por el mismo porteador y circulen, en consecuencia, con el mismo cuaderno. En esta circunstancia, se tendrá que determinar cada elemento de la carga por separado.
  • El transporte tendrá lugar en aduanas especiales TIR.

¿Qué supone para una empresa pertenecer al régimen TIR?

  1. Coherencia en los trámites de paso de fronteras.
  2. Pago de los derechos y las tasas aduaneras asegurados.
  3. Operaciones internacionales más rápidas.
  4. Reducción de los costes.
  5. Posibilidad de realizar pre-declaraciones telemáticamente de manera gratuita.

¿Qué documentos se requieren?

Para utilizar el sistema TIR, se requieren varios documentos, entre los que se incluyen:

  • Carné TIR: Es el documento principal que autoriza el uso del sistema TIR. Se emite por una asociación nacional de transporte autorizada y certifica que el transportista cumple con los requisitos del Convenio TIR.
  • Cuaderno TIR: Es un documento de tránsito internacional que acompaña a la carga durante su transporte. Contiene información detallada sobre la mercancía, el medio de transporte, los puntos de carga y descarga, y otras especificaciones relevantes.
  • Póliza de seguro: Es necesario contar con un seguro de carga válido que cubra los riesgos asociados al transporte internacional. La póliza de seguro debe cumplir con los requisitos establecidos en el Convenio TIR.
  • Documentos aduaneros: Además de los documentos específicos del Convenio TIR, se requieren los documentos aduaneros estándar, como la factura comercial, el certificado de origen, la lista de empaque y cualquier otro documento requerido por las autoridades aduaneras.

Es importante tener en cuenta que los requisitos y los documentos específicos pueden variar según el país y las regulaciones nacionales. Por lo tanto, es fundamental verificar los requisitos y obtener la información actualizada de las autoridades competentes y las asociaciones de transporte en cada país de tránsito.

Debemos resaltar que el cuaderno TIR, es remitido en España por la ASTIC y contiene el mismo número de hojas que fronteras que atraviesa. Debido a que este cuaderno plasma las características de la mercancía en los documentos que este contiene, tendrá que presentarse en las aduanas por las que pasemos durante el envío, pero será únicamente la aduana de destino en la que se revisarán las citadas mercancías físicamente. Si bien, las aduanas de tránsito siempre podrán realizar inspecciones en situación de sospecha por irregularidad de la carga o envío.

Para la presentación del Cuaderno TIR se seguirá un método a través del cual el transportista lo presenta en la correspondiente aduana de origen, donde comprueban que la documentación efectivamente se corresponde con la mercancía objeto del transporte. Una vez realizadas estas comprobaciones, se precinta, se firma y se sella para llevar a cabo el proceso con normalidad. Cada una de las aduanas será la responsable de llevar a cabo las correspondientes verificaciones tanto de los precintos como de la correcta presentación del cuaderno, de modo que, cuando la carga llega a su destino final, esa última aduana será la responsable de asegurarse de los precintos y las mercancías, terminando así el proceso de envío.

Es importante saber que tanto los vehículos como los contenedores que llevan las mercancías deben reconocerse mediante la disposición de dos placas con la inscripción TIR, dispuestas en la parte delantera y posterior, respectivamente.

Funcionamiento:

Para poder realizar un transporte bajo régimen TIR, hay que satisfacer las condiciones siguientes:

  • Una asociación garante que asegura que la persona, física o jurídica, que utilizan el régimen TIR pagará la deuda aduanera y fiscal en que incurra el transporte. Las asociaciones garantes están integradas en la IRU, con sede en Ginebra.​
  • La carga es conforme a las restricciones sobre el tipo de mercancías.
  • El vehículo lleva dos placas TIR, una delantera y otra trasera.​
  • El transportista o conductor dispone de un «cuaderno TIR», que es el documento de tránsito, aceptado internacionalmente.
  • El cuaderno TIR va ligado a la carga; así, el titular del cuaderno debe ser el propietario del semirremolque.
  • tanto la aduana de origen como la destino deben ser aduanas TIR.
  • el destinatario debe ser autorizado TIR.

Así, el Convenio TIR establece la operativa para que durante el transporte entre aduanas de dos países no sea necesaria la inspección en las aduanas de los países intermedios, ni en frontera, permitiendo llegar más rápidamente a los camiones al país de destino. Su utilización es para países de fuera de la Unión Europea, ya dentro de una unión aduanera existe la libre circulación de mercancías.

Lea el texto íntegro del convenio, dando clic aquí.

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