Diferencias entre autorización, licencia, concesión

Concesión

Una concesión es cuando la administración te autoriza a usar por un tiempo determinado algo público, suelo de uso público. Una mina(el subsuelo es publico), un kiosko (lo instalas en una acera-pública), etc..-autorización privativa de algo público. EnDerecho administrativo, una concesión es el otorgamiento del derecho de explotación, por un período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración pública o empresa a otra, generalmente privada.

Licencia La licencia.-Es una acto de la administración para tener controlados ciertas actividades particulares, ej. licencia de obra (se asegura que va a reunir ciertas condiciones y no supone un peligro público). Licencia de primera ocupación (se asegura que la vivienda esté totalmente acondicionada para vivir en ella). Control adminstrativo de actividades particulares.

La licencia administrativa consiste en una autorización que otorga la Administración Pública competente a una persona física o jurídica que quiere ejecutar una actividad sobre la que la Administración ostenta facultad.

Por regla general en nuestro ordenamiento jurídico se refleja que la mayoría de las actividades no tendrán que solicitar una licencia administrativa ni otro medio de control preventivo, por lo que en principio existe libertad para ejercer cualquier actividad siempre que se actúe dentro del marco de la legalidad vigente.

No obstante, existen una serie de excepciones respecto a una serie de actividades cuyo ejercicio queda sometido a la obtención previa de licencia administrativa o permiso de actuación. Cuando las actividades que requieran licencia administrativa o autorización previa se realizaren sin licencia administrativa o autorización el ordenamiento jurídico impondrá la pertinente sanción administrativa, fundada en un efectivo incumplimiento normativo.

Existen en nuestro sistema diversas clases de autorizaciones y licencias. A modo ilustrativo, citaremos las siguientes, que variarán dependiendo del municipio que las otorgue:
  • Licencias urbanísticas para la realización de actos de edificación y uso del suelo de acuerdo con la normativa urbanística que sea de aplicación
  • Licencia ambiental para las actividades e instalaciones que sean susceptibles de causar molestias o daños a las personas, bienes o al medio ambiente, cuando estén sujetas a intervención municipal de acuerdo con la legislación aplicable
  • Licencias integradas de actividades
  • Licencia de ocupación, que se exigirá para la primera utilización de los edificios y la modificación de su uso, cuando no sea necesaria la de apertura
  • Autorizaciones o licencias para la utilización u ocupación de bienes del dominio público local
  • Aquellas otras establecidas por imposición legal o que los municipios establezcan para finalidades diferentes de las anteriores de conformidad con las leyes, las ordenanzas y los reglamentos.
Autorización 
Es un acto unilateral de la administración pública por el que la autoridad administrativa faculta a una persona privada para realizar un servicio o acto como ejercicio de un poder jurídico o derecho preexistente al comprobarse que se han satisfecho los requisitos para ello.

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