Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado

La Conferencia de La Haya del Derecho Internacional Privado o (COHADIP), es una organización internacional con sede en la ciudad de La Haya (Países Bajos) que tiene por objeto buscar la homologación de las normas de derecho internacional privado a nivel mundial, ha elaborado una treintena de convenciones internacionales donde una veintena están actualmente en vigencia, y de ellas una gran parte corresponde exclusivamente a conflictos de legislación, por ejemplo en materias de ley aplicable a las obligaciones alimentarias, a los accidentes de tránsito en carreteras, a la responsabilidad de hechos y resultados, a los regímenes matrimoniales o sobre las sucesiones.

La Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado es un organismo internacional intergubernamental que, a lo largo de su historia, ha logrado convertirse en uno de los foros de codificación de alcance universal de mayor relevancia en materia de relaciones jurídicas transfronterizas que involucran a particulares -familias y empresas-.

El resultado tangible de la labor de la conferencia en pos de la seguridad jurídica son más de cuarenta instrumentos jurídicos. La mayoría de éstos son convenciones internacionales vinculantes; pero también hay instrumentos de soft law, tales como Principios y Guías de buenas prácticas. Cabe señalar que los temas regulados pueden ser agrupados en tres grandes áreas: Derecho Comercial y Financiero internacionales, Derecho Familiar y Protección de Menores, y Cooperación internacional y Derecho Procesal Civil. Además, como se pretende contribuir efectivamente a mejorar la vida de las personas físicas y de las empresas, la Conferencia no se desentiende de la aplicación de sus productos en el día a día. Al contrario, desarrolla actividades de seguimiento y apoya a los Estados en la implementación de los convenios.

El origen de esta organización intergubernamental de carácter mundial se remonta a 1893, cuando celebró su primera reunión a iniciativa del abogado holandés Tobias Michael Carel Asser (1838-1913), que recibió el Premio Nobel de la Paz en 1911 por su labor de “pionero en el ámbito de la regulación de las relaciones internacionales” ex aequo con el periodista austriaco Alfred Hermann Fried (1864-1921). Aunque un Real Decreto de 20 de febrero de 1897 creó la Comisión de Estado de los Países Bajos para promover la codificación del derecho internacional privado; la HCCH solo pasó a tener carácter permanente al entrar en vigor su vigente Estatuto el 15 de julio de 1955, tras haberlo adoptado el 31 de octubre de 1951 en la VII Sesión que celebró en La Haya. La actual redacción es el resultado de las modificaciones que se adoptaron durante la XX Sesión, el 30 de junio de 2005; se aprobaron por los miembros el 30 de septiembre de 2006 y entraron en vigor el 1 de enero de 2007.
El preámbulo de su Estatuto menciona quiénes fueron sus Estados fundadores: República Federal de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos, Portugal, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Suecia y Suiza. Desde entonces, además de la Unión Europea, la HCCH cuenta hoy en día con un total de 87 Estados miembros aunque en los trabajos de la Conferencia han llegado a participar 150 países de todo el mundo al adherirse a alguno de sus acuerdos.
Los primeros siete convenios internacionales que adoptó la HCCH se aprobaron entre 1893 y 1904 para regular, por ejemplo, el matrimonio, el divorcio, la tutela o el procedimiento civil; en la actualidad, todos ellos han sido ya sustituidos por otros instrumentos más modernos. Tras las dos guerras mundiales, la Conferencia continuó su labor pero ya de manera permanente, a partir de 1955, con la vocación de trabajar por un mundo en el que, a pesar de las diferencias entre sistemas jurídicos, las personas tanto físicas como jurídicas puedan beneficiarse de un alto nivel de seguridad jurídica.
A la hora de redactar esta entrada, el último acuerdo que ha aprobado ha sido la Convención de 2 de julio de 2019 sobre el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras en materia civil y comercial; y el tratado más ratificado es el relativo a la supresión de la exigencia de legalización (coloquialmente llamado la “Apostilla de La Haya” aunque el tratado se denomina Convenio por el que se suprime la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho el 5 de octubre de 1961. Relación complementaria de autoridades competentes para expedir la Apostilla). Otros ejemplos son:
  • Convenio relativo al Procedimiento Civil, de 1 de marzo de 1954;
  • Convenio sobre competencia de las Autoridades y la Ley aplicable en materia de protección de menores, de 5 de octubre de 1961;
  • Convenio relativo a la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, de 18 de marzo de 1970;
  • Convenio sobre la Ley aplicable en materia de Accidentes de Circulación por carretera, de 4 de mayo de 1971; o el
  • Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, de 25 de octubre de 1980.

La estructura institucional de la Conferencia comprende una Oficina Permanente (Secretaría) situada en esta ciudad holandesa y compuesta por un Secretario General y cuatro Secretarios que son designados por el Gobierno de los Países Bajos a propuesta de la Comisión de Estado. Las actividades de esta Oficina las dirige un Consejo de Asuntos Generales y Política (Consejo) compuesto por todos los Miembros de la HCCH y que tiene a su cargo el funcionamiento de la Haagse Conferentie voor Internationaal Privaatrecht [en neerlandés] de acuerdo con un Reglamento que entró en vigor el 6 de marzo de 2020.

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