Plazo para reclamar el pago no efectuado

En asuntos de derecho según el tipo de caso o las circunstancias, las acciones a interponer ante la justicia pueden prescribir, es decir, el plazo para reclamar algún derecho puede llegar a su término y sería inadmisible iniciar tal acción o alguna demanda. Es de lo dicho anteriormente que radica la importancia de saber con qué tiempo cuento para poder reclamar mis derechos en asuntos de trabajo.

El Código de trabajo establece en relación  a la prescripción de las acciones que los trabajadores tienen un plazo de un mes para reclamar las horas extras; un plazo de dos meses para las acciones por desahuciodespido, dimisión, y el pago de auxilio de cesantía; las demás acciones que nacen de una relación de contrato de trabajo prescriben a los tres meses para accionar. En cualquier caso, el plazo comienza a correr a partir de la fecha en que termina el contrato de trabajo, sin que en ningún caso puedan reclamarse derechos nacidos con anterioridad al año de haber terminado el contrato.

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