Divorcios en República Dominicana
La Ley 1306 Bis sobre Divorcio en la República Dominicana distingue dos causas de divorcio:
1ro. Divorcio Por Mutuo Consentimiento de los Cónyuges y 2do. Divorcio por Causa Determinada.
El Divorcio por Mutuo Consentimiento de los Cónyuges: que supone el acuerdo de ambos esposos para poner fin al matrimonio y la reglamentación de todos aquellos aspectos que se derivan del matrimonio como son: A.- la reglamentación de los hijos menores de edad procreados por los esposos y B.- el reconocimiento de los bienes adquiridos durante el matrimonio;
El Divorcio por Causa Determinada, el cual la parte que lo promueva debe decir y probar cual de las causas establecidas por la Ley imposibilita el matrimonio, como son:
- La incompatibilidad de caracteres
- Las servicias e injurias graves
- La embriaguez o drogadiccion habitual
Además de estas dos clases de divorcios, las Leyes de la República Dominicana contemplan un procedimiento especial que le permite a los extranjeros obtener su divorcio por ante los tribunales locales en un plazo muy breve, lo que se llama el «Divorcio a Vapor«.
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